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TC anula decisión prohíbe deportar hotelero italiano

El Tribunal Constitucional anuló un recurso de amparo que prohibía la deportación del empresario hotelero Armando Casciati por parte de la Dirección General de Migración.

Casciati, que es propietario de un hotel, varios bares y un canal de televisión, está acusado de ejercer el proxenetismo en el municipio de Sosúa, en Puerto Plata.

El conflicto se originó debido a una declaración de permanencia ilegal, orden de detención y deportación”, emitida por la Dirección General de Migración en perjuicio de Casciati.

En razón de este proceso, la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo dictó la sentencia 00023-2015, el 2 de febrero de este año, mediante la cual acogía la acción de amparo y suspende la referida medida, e impone una sanción de RD$5,000 por cada día de retardo en el cumplimiento de la sentencia.

En vista de que la Dirección General de Migración supuestamente no había cumplido con dicha decisión, Casciati interpuso una acción de amparo ante el Tribunal Constitucional para procurar la ejecución de la misma.

La alta corte declaró inadmisible la acción de amparo incoada por el extranjero en contra de la Dirección General de Migración, el Ministerio de Interior y Policía y la Procuraduría General Administrativa, “por ser notoriamente improcedente”, según relatan informes de la prensa.

A raíz de la acción en contra del extranjero, el procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, exhortó a todas las autoridades correspondientes a tomar todas las medidas de lugar para impedir que ningún extranjero se establezca en territorio nacional con el objetivo de promoverlo como un destino turístico sexual.

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