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Proyecto prohíbe reducir áreas

El proyecto de reforma constitucional sometido por el presidente Fernández al Congreso Nacional la semana pasada prohíbe en su artículo 56 la reducción de las áreas naturales protegidas, y en cambio, prevé su ampliación en caso de que la legislación lo decida.
Según informa Diario Libre, el numeral dos del referido artículo declara a las áreas protegidas, la biodiversidad, las reservas naturales, y los parques nacionales como “Patrimonio de la Nación”, un elemento que, de aprobarse, estaría en la Constitución por primera vez.
También reconoce el derecho que tiene toda persona de hacer uso individual o colectivo de los recursos naturales, a habitar en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo y preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y de la naturaleza.
El proyecto declina en los los poderes públicos la adopción de “todas las medidas apropiadas para prevenir la ocurrencia de daños sensibles o en todo caso minimizar el riesgo de su ocurrencia, con motivo del traslado transfronterizo de materiales o residuos peligrosos”.
Asimismo, consigna que en los contratos que el Estado celebre o en los permisos que otorgue que involucren el uso y la explotación de los recursos naturales se considerará incluida la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y de la transferencia de la misma y de establecer el ambiente a su estado natural, si resultara alterado.
Pero el artículo 56 no sólo da garantías a los ciudadanos, sino que también les atribuye obligaciones, y una de ellas es proteger y mantener el ambiente en provecho de sí misma y de las generaciones futuras.
El país tiene actualmente 68 áreas protegidas, especificadas en la Ley 202-04 sobre la cuestión.

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