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RD se consolida como primer destino de turismo de salud del Caribe, 2do en AL y 19 en el mundo 

Alejandro Cambiaso, presidente Asociación Dominicana de Turismo de Salud, subraya claves implementar sello de calidad local y motivar los seguros de responsabilidad civil y acreditaciones internacionales de los prestadores.

La estabilidad social, económica y política de República Dominicana, ha permitido que el país tenga una industria de turismo de salud y se convierta en el principal destino de turismo médico del Caribe, el número 2 de Latinoamérica y número 19 del mundo, de acuerdo con el Medical Tourism Index (MTI), principal ranking del sector elaborado por el International Healthcare Research Center.

Alejandro Cambiaso, presidente de la Asociación Dominicana de Turismo de Salud (ADTS), destaca que nuestra ubicación geográfica “nos coloca estratégicamente en un punto de fácil acceso para los mercados identificados como potenciales, tal como el norteamericano, canadiense e islas caribeñas, todo esto sumado a atractivos márgenes de calidad, precio y prácticamente sin listas de espera”.

Para Cambiaso, los retos estriban en fortalecer la calidad y seguridad de la oferta, desarrollando una verdadera cultura de calidad, transparencia y cumplimiento.  “Considero que debemos  velar por el apego a las normas locales, habilitación de centros de salud por parte del Ministerio de Salud Pública, membresía de los especialistas en el Colegio Médico Dominicano (CMD), sociedades especializadas, actualizaciones y recertificaciones médicas constantes, trabajando de lleno en el fortalecimiento del recurso humano profesional, técnico y de enfermería”. 

Además, Cambiaso destaca que es clave crear el sello de calidad local y motivar los seguros de responsabilidad civil y acreditaciones internacionales de los prestadores, lo que beneficiará grandemente a la población local y al posicionamiento del país como un destino seguro. “Hay que combatir activamente el intrusismo y los centros clandestinos, con un régimen de consecuencias efectivo. De igual manera, promocionar el destino con mayor involucramiento gubernamental”, apunta.

Creación de una ley de turismo en Salud

Tomando en cuenta que el presidente Luis Abinader  promulgó en diciembre de 2021 el decreto 787-21 para instruir a los ministerios de Salud Pública y de Turismo a elaborar políticas y estrategias a corto, mediano y largo plazo que promuevan el desarrollo sostenible del turismo de salud y bienestar en el país, estableciendo esta actividad como nicho de mercado de interés nacional, Cambiaso considera que desde la ADTS valoran positiva la iniciativa de un proyecto de ley del turismo de salud para regular e incentivar el sector, ya que tiene un importante efecto transversal en la economía. Sin embargo, considera más efectivo en la práctica, trabajar de la mano de las regulaciones existentes al igual que otros países.

“Estoy convencido de que el camino para el desarrollo del turismo de salud en la República Dominicana es trabajar en crear una cultura de calidad bajo alianza público-privada.  En este trayecto es fundamental empoderar a los actores privados para que jueguen un papel relevante en el proceso de cumplimiento, autorregulación y mejora”. 

Leyes y normativas en el país 

La Ley General de Salud No. 42-01 y la Ley sobre el Servicio Nacional de Salud, núm. 123-15, establecen el marco legal para la prestación de servicios de salud, del SNS. La Ley de Seguridad Social No. 87-01 puede ser relevante para los turistas que buscan atención médica en el país, ya que establece el marco legal para la seguridad social. Además, la Ley de Protección al Consumidor No. 358-05, que protege los derechos de los turistas como consumidores de servicios de salud.

La Ley No. 158-01 sobre fomento al desarrollo turístico, la ley de Promoción de Inversiones No. 98-03 y la Ley sobre Inversión Extranjera No. 16-95 pueden incentivar la inversión en el sector del turismo de salud, lo que puede contribuir a su desarrollo y crecimiento. 

La Ley General de Salud Ambiental No. 64-00 y la Ley General de Migración No. 285-04 también pueden ser relevantes, ya que establecen las normas para la protección de la salud ambiental y la migración, respectivamente, que pueden afectar al turismo de salud.

La Ley No. 122-05 sobre regulación y fomento de las asociaciones y la Ley No. 1-12 que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo enfatizan la importancia de la autorregulación y la adopción de normas técnicas, respectivamente. Esto sugiere que los actores privados pueden y deben participar activamente en el desarrollo y la implementación de estas normas.

Adicionalmente, la Ley No. 167-21 de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites destaca la importancia de la planificación adecuada, el análisis de impacto y la consulta pública en el proceso de diseño, producción e implementación de las regulaciones. 

Es también relevante mencionar que el Instituto Dominicano para la Calidad, INDOCAL, anunció la puesta a disposición de una Norma Técnica voluntaria para el Turismo Médico, que define criterios de calidad para la cadena de valor del sector, a fin de garantizar las mejores prácticas y seguridad de los pacientes y sus familiares.

La NORDOM ISO 22525:2020, aprobada por el Consejo Dominicano para la Calidad, CODOCA, brinda un enfoque holístico para la atención médica en todas las etapas de la experiencia del paciente, fundamentada en cumplimiento de las normas locales y estándares internacionales ISO especializados para el turismo médico, complementándose con las acreditaciones internacionales.

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Periodista y abogada. Tiene más de 15 años de experiencia profesional en medios locales e internacionales. Creadora de contenidos especializados en turismo.

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