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¡Pobre país, pobre Higuey!: Jueces condenan como robos embargos por deuda documentada

Por Manuel Quiterio Cedeño

En el Código Penal dominicano robo es la sustracción fraudulenta de la cosa ajena con el ánimo de apropiarse de ella. En los tribunales de Higuey no es así, porque por lo menos en dos ocasiones el año pasado, allí jueces convirtieron en robo casos de embargos retentivos fundamentados en deudas comprobadas.
Aunque no escribo sobre conflictos en cuyo manejo participo profesionalmente, me refiero al tema porque lo considero sumamente grave y una amenaza real para la capacidad de nuestro país para atraer inversiones.
El primer caso ocurrió en torno a unos equipos de refrigeración vendidos a un supermercado en diciembre del 2007 por la empresa Friger y que nunca fueron pagados. En junio del 2008 se firmó un acuerdo de pago que no se cumplió, y el italiano propietario vendió el negocio y se marchó a pesar de tener un impedimento de salida. En el 2010, después de que la deuda fue rebajada de $10 a $5 millones, el nuevo propietario pagó con un millón en efectivo y dos cheques de dos millones, que no tenía fondos. David Mendaña el administrador de Friger inició un proceso judicial y el Juez autorizó un embargo retentivo y cuando se estaba llevando a cabo llegó la Policía, lo detuvo y arrestó al alguacil. El propietario del supermercado presentó una querella por robo y en ausencia del fiscal titular de le dio curso y el Juez de Instrucción lo mandó a juicio y contra Mendaña se dictó como coerción tres meses de prisión. No se qué ocurrió finalmente.
Ahora vuelve a repetirse. El Grupo Barceló tuvo que actuar contra una empresa que vencido el contrato de arrendamiento de unos locales comerciales, se negaba a entregarlos, y además no estaba al día en el pago del precio pactado. Usó los procedimientos que dicta la ley, y cumplido los trámites y llegado el momento, con auxilio de alguaciles y notarios, abrió los locales inventario lo que allí había y aplicó a una parte de los bienes el embargo retentivo para asegurar el cobro de la deuda. La empresa arrendataria fue notificada de todo esto y se pidió retirar los bienes desalojados y almacenados.
El desalojado presentó una querella contra los ejecutivos del Grupo Barceló por robo agravado y asociación de malhechores. La querella fue archivada en dos ocasiones pero finalmente encontró un camino y el Juez de Instrucción envió a juicio a los acusados por robo, contra los cuales se dictó 3 meses de prisión como coerción, y aunque nadie probó que hubo sustracción fraudulenta de la cosa ajena con el ánimo de apropiarse de ella, en noviembre fueron condenados a cinco años de prisión por un juez interino. La sentencia está en apelación. ¡Pobre país!

¡Pobre país, pobre Higuey!: Jueces condenan
como robos embargos por deuda documentada

Por Manuel Quiterio Cedeño

En el Código Penal dominicano robo es la sustracción fraudulenta de la cosa ajena con el ánimo de apropiarse de ella. En los tribunales de Higuey no es así, porque por lo menos en dos ocasiones el año pasado, allí jueces convirtieron en robo casos de embargos retentivos fundamentados en deudas comprobadas.
Aunque no escribo sobre conflictos en cuyo manejo participo profesionalmente, me refiero al tema porque lo considero sumamente grave y una amenaza real para la capacidad de nuestro país para atraer inversiones.
El primer caso ocurrió en torno a unos equipos de refrigeración vendidos a un supermercado en diciembre del 2007 por la empresa Friger y que nunca fueron pagados. En junio del 2008 se firmó un acuerdo de pago que no se cumplió, y el italiano propietario vendió el negocio y se marchó a pesar de tener un impedimento de salida. En el 2010, después de que la deuda fue rebajada de $10 a $5 millones, el nuevo propietario pagó con un millón en efectivo y dos cheques de dos millones, que no tenía fondos. David Mendaña el administrador de Friger inició un proceso judicial y el Juez autorizó un embargo retentivo y cuando se estaba llevando a cabo llegó la Policía, lo detuvo y arrestó al alguacil. El propietario del supermercado presentó una querella por robo y en ausencia del fiscal titular de le dio curso y el Juez de Instrucción lo mandó a juicio y contra Mendaña se dictó como coerción tres meses de prisión. No se qué ocurrió finalmente.
Ahora vuelve a repetirse. El Grupo Barceló tuvo que actuar contra una empresa que vencido el contrato de arrendamiento de unos locales comerciales, se negaba a entregarlos, y además no estaba al día en el pago del precio pactado. Usó los procedimientos que dicta la ley, y cumplido los trámites y llegado el momento, con auxilio de alguaciles y notarios, abrió los locales inventario lo que allí había y aplicó a una parte de los bienes el embargo retentivo para asegurar el cobro de la deuda. La empresa arrendataria fue notificada de todo esto y se pidió retirar los bienes desalojados y almacenados.
El desalojado presentó una querella contra los ejecutivos del Grupo Barceló por robo agravado y asociación de malhechores. La querella fue archivada en dos ocasiones pero finalmente encontró un camino y el Juez de Instrucción envió a juicio a los acusados por robo, contra los cuales se dictó 3 meses de prisión como coerción, y aunque nadie probó que hubo sustracción fraudulenta de la cosa ajena con el ánimo de apropiarse de ella, en noviembre fueron condenados a cinco años de prisión por un juez interino. La sentencia está en apelación. ¡Pobre país!

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