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TSA rechazó medida cautelar incoada por líneas aéreas que solicitaban suspender Resolución 217-2022 de la JAC

Santo Domingo – (PRENSA JAC). La Presidencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó la solicitud de medida cautelar incoada por las líneas aéreas, con el objeto de que se suspenda los efectos de la Resolución 217-2022 que ordenó a las aerolíneas nacionales y extranjeras que transportan pasajeros desde y hacia la República Dominicana a realizar las adecuaciones necesarias en sus sistemas informáticos para que no efectúen el cobro de los 10 dólares por concepto de la Tarjeta de Turista.

De acuerdo con la Presidencia del TSA, cuando se tutelan derechos constitucionales, como son el derecho a la igualdad, la tutela judicial efectiva y el debido proceso, al momento de hacer una ponderación, debe primar el interés general o de la mayoría sobre intereses individuales o de una minoría, por lo que de tomar una decisión contraria a la Junta de Aviación Civil (JAC) se estaría afectando el bienestar común de los dominicanos y residentes dominicanos que ingresan al país, quienes a los fines de la presente solicitud constituyen una mayoría y por tanto debe primar el interés general.

En este sentido, el TSA consideró que corresponde a la Junta de Aviación Civil dictar y modificar las resoluciones sobre su competencia como organismo regulador en lo relativo a la política del transporte aéreo nacional, y los aspectos económicos de dicho transporte.

El objeto de la medida cautelar interpuestas por las aerolíneas era la no aplicación de las resoluciones 217-2022 de fecha de 23 septiembre de 2023 y  la 9-2023, de fecha de 12  de enero 2023, de la Junta de Aviación Civil que comunica  a los operadores aéreos nacionales y extranjeros que realizan transporte internacional desde y hacia la República Dominicana  que no efectúen el cobro de los US$10 dólares americanos por concepto de Tarjeta de Turismo a los nacionales dominicanos y a los residentes en el país.

Después de un proceso contradictorio, el órgano jurisdiccional comprobó que la medida cautelar incoada por las líneas aéreas no reunía los requisitos exigidos por la Ley 13-07, sobre Tribunal Superior Administrativo y rechazó la medida cautelar de Jetblue Airways Corporation, Compañía Panameña de Aviación (Copa), Air Transat, Aerovias de México, (Aeroméxico), Delta Air Lines, United Airlines, Sky Airline Perú, Air Canadá, Air Europa Líneas Aéreas, American Airlines, Air France y Aerolineas Argentinas.

Marte Piantini reiteró el compromiso del presidente de la República Dominicana, Luis Abinader, de que los viajeros dominicanos y los residentes en el exterior no pueden ser objeto de este gravamen. Agregó que desde el Gobierno se están creando más facilidades para que los dominicanos no residentes en el país se sientan motivados a viajar con mayor frecuencia al territorio dominicano.“

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