Back

Senado declara Ecoturística la provincia Hermanas Mirabal

El Senado de la República aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que declara la provincia Hermanas Mirabal como Ecoturística, una iniciativa de la senadora María Mercedes Ortiz.

La ley tiene por objeto impulsar el turismo ecológico y cultural en beneficio del desarrollo económico y social de los habitantes de la referida provincia.

“Me siento sumamente complacida con la aprobación de esta ley, que impulsará el desarrollo ecoturístico de la provincia Hermanas Mirabal, lo que permitirá que dominicanos y extranjeros conozcan nuestro territorio, y nuestros jóvenes tengan acceso a empleos productivos generados por esta industria”, expresó la senadora María Mercedes Ortiz.

La norma crea un Consejo de Desarrollo Ecoturístico como órgano rector con sede en la ciudad de Salcedo. Será un organismo público descentralizado, con autonomía administrativa, técnica, económica y financiera y personalidad jurídica propia, adscrito al Ministerio de Turismo.

El Consejo lo integran los ministros de Turismo, de Medio Ambiente, de Cultura y de Agricultura, también el Gobernador Provincial, un alcalde escogido por consenso de los municipios que integran la provincia, un representante de la Cámara de Comercio y Producción, un representante de organizaciones ecológicas, de los proyectos turísticos, del clúster turístico, de los clubes sociales y un Director Ejecutivo.

La ley establece claramente las atribuciones del Consejo, y que el Director Ejecutivo será designado por el Presidente de la República, el cual tiene sus atribuciones claramente establecidas en el artículo 15 de la pieza aprobada. También establece un subdirector técnico y un subdirector administrativo.

En el artículo 17 se crea el Fondo Provincial de Desarrollo Ecoturístico, el cual recibirá donaciones de particulares de partidas presupuestarias y de autogestión. Estos recursos serán administrados por el Consejo de Desarrollo creado por la norma.  

No es permitido copiar el contenido de este portal.