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Se niega a entregar información finaciera Jueza dicta medidas contra el alcalde de Cabarete que desacata orden de tribunal

El juzgado de instrucción del Puerto Plata dictó medidas de coerción contra el director del Distrito Municipal de Cabarete como parte del proceso penal iniciado por su desacato a la orden de entregar la información contable y financiera de ese ayuntamiento emitida en una sentencia de la una corte civil en abril del año pasado.
El licenciado Victor Mena Graveley, abogado actuante y presidente del Colegio de Abogado de Puerto Plata, explicó que este es un caso iniciado hace un año por la Asociación para el Desarrollo de Cabarete (ADECA), que es la institución que presentó la solicitud de coerción en atención a la cual la magistrada Jakaira Veras, juez de la instrucción fijó una garantía económica de RD$100 mil (en cheque certificado o efectivo) y un impedimento de salida del país.
Recordó que ADECA presentó en mayo pasado una querella penal contra el director del Distrito Municipal de Cabarete Gregorio Antonio Mora (Canoa) por su negativa a cumplir la decisión de una corte de primera instancia que le ordenó entregar toda la información sobre ingresos, egresos y contratos de ese ayuntamiento.
La querella penal con constitución en actor civil por el delito de denegación de de acceso a la información pública contra Canoa, fue entregada en mayo, pero la oficina del fiscal de Puerto Plata no tomó ninguna acción por lo que ADECA, ante la denegación de justicia, decidió hacer valer sus derechos e iniciar la acción como actor civil.
Mena advirtió que la Ley de Libre Acceso a la información Pública en su artículo 30 establece que el “funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria denegare, obstruya o impida el acceso del solicitante a la información requerida, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años de prisión, así como con inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por cinco años.”
El 12 de enero del 2011 ADECA presentó al ayuntamiento de Cabarete una solicitud de información basada en la Ley 200-04 Sobre Acceso a la Información pública dirigida a los departamentos de Tesorería,  Archivo y al Director de la Junta Distrital, en la cual solicitaba la información contable sobre ingresos y egresos, y los contratos firmados por este ayuntamiento.
Se solicitó, desde enero del 2004 hasta enero del 2011, todos los cierres contables mensuales con anexos y soportes; los cierres del año fiscal con sus soportes y anexos; el manual de procedimiento para los registros contables; las conciliaciones bancarias con sus soportes y anexos; los informes trimestrales de contabilidad; los presupuesto de ingresos y gastos; las deudas del ayuntamiento, citando las personas físicas y compañías; la lista  de proveedores; estados financieros; copias certificadas, de todos los permisos de construcción autorizados, y copias certificadas de todos los contratos firmados por la Junta Distrital.
El14 de enero Canoa alegó que asumió como director municipal el 16 de agosto del 2010 y “por tal consecuencia y razones lógicas, la ley 200-2004 no me obliga a emitir, a otorgar o brindar informaciones que no estaban en mi posesión ni bajo mi control.”
ADECA interpuso un recurso de amparo, el 10 de marzo del 2011 ante la Primera Sala de la Cámara Civil del Departamento Judicial de Puerto Plata. El 6 de abril la corte emitió la sentencia en la que  ordena a la Junta Distrital “rendir toda la información pública requerida” y le concedió un plazo improrrogable de cinco días para hacerlo.
Además, impuso a la Junta el pago de una multa (o astreinte) de RD$2, 000 por cada día dejado de transcurrir sin dar cumplimiento. Sobre esto el licenciado Mena dijo que en breve se hará una primera liquidación de la multa que ya pasa del medio millón de pesos.

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