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Organice sus vacaciones para este 2022

El Ministerio de Trabajo anunció las fechas que corresponden a los días feriados durante el año 2022, dando cumplimiento a la Ley 139-97, que establece el traslado de los días feriados. 

 La Ley No. 139-97 establece el traslado para el lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes. Este calendario aprobado por el Ministerio de trabajo para el próximo año, 2022 es el siguiente:

El sábado 1 de enero, fecha de celebración del Año Nuevo, no se cambia.

  • El jueves 6 de enero, día de los Santos Reyes, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de enero.
  • El viernes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.
  • El miércoles 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se cambia para el lunes 24 de enero.
  • El domingo 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional es inamovible.
  • También es inamovible el viernes 15 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo
  • El domingo 1ero. de mayo, día del trabajo, su carácter no laborable, se cambia para el lunes 02 de mayo.
  • El jueves 16 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.
  • No se cambia el martes 16 de agosto, día de la Restauración de la República.
  • El sábado 24 de septiembre, día de las Mercedes y el domingo 06 de noviembre, día de la Constitución, no se mueven.
  • El domingo 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.

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