Medio Ambiente declara de alta prioridad y la gestión de las cuencas hidrográficas
El Ministerio de Medio Ambiente emitió la Resolución 00010/2021 que declara de alta prioridad ambiental el manejo y gestión de las cuencas hidrográficas del país, tomando en cuenta la importancia y necesidad de preservar el recurso agua.
La medida implica la regulación de las extracciones de agregados, dentro y fuera de los cauces a los fines de disminuir los ilícitos ambientales, al tiempo que contempla sanciones administrativas contra quienes incurran en daños a esos entornos.
Para el cumplimiento de ambas Resoluciones el Medio Ambiente contará con el apoyo de instituciones estatales como el Ministerio de Defensa, Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC); Energía y Minas (MEM); Turismo; el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI) y el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (INAPA), Policía Nacional y las Alcaldías.
En la actualidad un importante número de las empresas y particulares que se dedican a estas actividades se mantiene operando con permisos transitorios o sin la debida licencia para hacerlo por lo que deberán someter ante el Ministerio de Medio Ambiente las debidas solicitudes que serán aprobadas o rechazadas tras evaluaciones en el lugar de operaciones.
La Resolución 09-2021 también exige que para las solicitudes de proyectos mineros no metálicos se deberán entregar las áreas geo referenciadas expresando las coordenadas en sistema UTM-WGS 84, en el que se identifique con precisión los polígonos de extracción y/o explotación y el perímetro de la parcela o parcelas dentro de los cuales se encuentra ubicado.
Esto permitirá que los técnicos del Ministerio de Medio Ambiente puedan fiscalizar con mayor exactitud el cumplimiento de los términos de cada permiso.
“Todo proyecto Minero tendrá un Responsable Ambiental quien garantizará el cumplimiento del Programa de Manejo y Adecuación Ambiental (PMAA) y el Plan de Cierre; quien además presentará el Informe de Cumplimiento Ambiental (ICA) del PMAA según la frecuencia establecida en el permiso ambiental”, explica la Resolución, ya que en la actualidad no existen controles de este tipo.
La medida también exige que cada promotor de proyectos deberá demostrar el derecho de propiedad con que cuenta para la parcelas o parcelas a intervenir.
“Los Términos de Referencias (TDRs) para este tipo de proyectos serán emitidos luego de realizarse las visitas y evaluaciones previas por los técnicos del Viceministerio de Suelos y Aguas de acuerdo con la categoría ambiental asignada en un plazo no mayor a veinte (20) días laborales”, indica la Resolución.