Indotel autoriza uso de firma digital en cheques de negocios
El Indotel y la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo (CCPSD) firmaron un acuerdo para utilizar la firma digital en el comercio electrónico, con el fin de facilitar la transacción de documentos y actividades comerciales a los usuarios.
Durante la firma del convenio, el presidente del Indotel, José Rafael Vargas, reveló que a partir del 2009 se comenzará a usar la firma digital para la tramitación de los cheques de compensación en el Banco Central, lo que permitirá que sean liquidados de manera inmediata.
Explicó que el BC requiere ahora para su nuevo sistema de pagos implementado este año el uso de la firma digital para las aplicaciones internas entre el banco y las entidades de intermediación financiera que regula.
El uso de la firma digital se podrá hacer a través del proyecto conocido como Digifirma, operado por la CCPSD, debido a que es donde se registra la emisión y gestión de certificados de firma digital.
Es decir, los usuarios, ya sean empresas o personas físicas, requieren de un certificado para hacer sus transacciones electrónicas que requieran firma digital.
Para solicitar un formulario de solicitud los usuarios necesitarán cumplir algunos requisitos.
El formulario tienen que se solicitado en la CCPSD de manera presencial o accediendo a la página de web www.camaarasantodomingo. org.do y pagando la suma correspondiente también de manera presencial o por la internet, mediante tarjeta de crédito o transacción bancaria.
Existen tres tipos de certificados empresariales clasificados del I al III. La clase I aplica para operarios y obreros y tiene un costo de RD$2,000 por un lapso de dos años; la clase II aplica para mandos medios y cuesta RD$4,000 por un tiempo limitado de dos años y, la clase III, que aplica a alta gerencia, vale RD$5,000 por un tiempo de cinco años.
La firma digital reemplaza la firma manuscrita a través del medio electrónico y se encuentra sustentada en el régimen legal de las firmas digitales en RD, mediante la Ley 126- 02, sobre comercio electrónico, documentos y firmas digitales.
Esa legislación se basa en la ley modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL), por sus siglas en inglés), y por su reglamento de aplicación aprobado por el decreto 335-03.(LD-1ª,1D/DL-26).