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Condenan la Junta Distrital de Cabarete por ocultar información financiera; es la segunda vez

La Cámara Civil y Comercial de la provincia de Puerto Plata condenó por segunda ocasión a la Junta Distrital de Cabarete y a su director Freddy Zarzuela Cruz, por su negativa a entregar documentos e información sobre el manejo de los recursos de ese ayuntamiento, en violación a la Ley 200-04 de Libre acceso a la Información.

La demanda fue presentada por la Asociación para la Protección del Medioambiente y del Turismo de la zona de Cabarete y Sosúa (Asoprocaso) y su dirigente el señor Michel Gay-Crosier.

Con la sentencia condenatoria 271-2022-SSEN-00002 el tribunal ordena entregar las informaciones solicitadas en un plazo de 20 días calendario e impone el pago de un astreinte RD$3,000 pesos por cada día sin entregar las informaciones solicitadas.

La decisión del tribunal también obliga a la Junta Distrital de Cabarete a construir una página web donde difunda toda la información sobre su funcionamiento, el uso de los recursos y la gestión de su director Freddy Zarzuela Cruz, en un plazo no mayor de 180 días calendario.

Previamente, en septiembre de 2021, el tribunal acogió un recurso de amparo contra la Junta Distrital de Cabarete y Zarzuela, condenándolo, mediante sentencia 271-2021-SSEN-00008, a entregar las informaciones solicitadas y al pago de un astreinte de RD$2,000 por cada día, decisión que tampoco cumplieron.

En tan solo dos años Freddy Zarzuela Cruz como director del ayuntamiento de Cabarete se ha visto envuelto en numerosos problemas por el manejo antojadizo de los recursos de la Junta Distrital de Cabarete, dice ASOPROCASO en su demanda.

Entre la irregularidades los reclamantes, licenciado Luis Jose Gomez Alvarez y ASOPROCASO, señalan la entrega de una carta de no objeción a un amigo de Freddy Zarzuela pero “no se registró el pago de arbitrio en los informes trimestrales del cabildo de Cabarete”.

Los querellantes aseguran no “entender que un ayuntamiento, manejado por un grupito de gente corrupta, se niegue a dar informaciones a la comunidad de cómo se está gastando el dinero público, y depositaron en el tribunal documentos que comprueban las irregularidades denunciadas”.

Aseguran, que no solo Zarzuela Cruz es culpable por su falta de transparencia, también acusaron de complicidad a los regidores “porque da vergüenza de cómo se aprueban algunos puntos en la sesiones del ayuntamiento de Cabarete”.

Motivado en las sentencias condenatorias, los querellantes solicitaron la intervención de la Junta Distrital y realizar una auditoría, y pidieron al gobierno no entregar recursos hasta asegurar que haya transparencia en ese cabildo.

Freddy Zarzuela Cruz y la Junta Distrital de Cabarete enfrenta una querella penal por el “desastre ambiental” ocasionado en Boca de Yasica, y porque no se conoce “el destino de los arbitrios cobrados por el uso de suelo en perjuicio de la comunidad”.

Recordaron que por la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) número TC-0357-15, el ayuntamiento de Cabarete está impedido de otorgar cartas de no objeción para obras y cobrar arbitrios en esa demarcación.

La sentencia condenatoria

PRIMERO: EN CUANTO AL FONDO, acoge la presente acción y en consecuencia, ordena a la Junta Distrital de Cabarete, y a su director Freddy Zarzuela Cruz, entregar a la parte accionante, señor Michell Gay Crosier, en forma digital la siguiente información:

a) Listado de entidades privadas con las que mantiene relaciones comerciales (si las hay), desde el 24 de abril 2020;

b) Presupuestos, su uso, y estado de ejecución desde el 24-4-2020;

c) Estado de cuentas de la deuda de la entidad (si existe, incluye la contraída para la compra de cualquier vehículo), sus vencimientos y pagos, documentos justificativos, y estados de las cuentas bancarias de la Junta Distrital, con copia de cada cheque pagado desde abril 2020;

d) Listados de empleados (nóminas), categorías, funciones y remuneraciones y/o salarios, desde abril 2020;

e) Copia de las propuestas de las compañías que han ofrecido sus camiones compactos u otra maquinaría requerida por la entidad desde el 24 abril 2020 (en caso de que exista);

f) Copia de las resoluciones y actas de sesión del cabildo, desde enero 2019.

g) Copia de los contratos de alquiler de camiones, facturas de pago y soportes, desde el 24-4-2020;

h) Número de matrícula del camión compactador comprado en 2021, por la Junta Distrital (en caso de que exista) y carta de exoneración;

i) Detalle de dinero pagado, aportado o donado en cualquier condición otorgado a personas.

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