Aseguran transporte de maleta gratis está contemplado en acuerdos internacionales
El presidente de la Junta de Aviación Civil (JAC), Luis Ernesto Camilo, aclaró que la decisión de las líneas aéreas estadounidenses, de limitar el transporte de una sola maleta y exigir a los viajeros pagar las demás está contemplada en acuerdos de libre comercio internacionales firmado por República Dominicana y la Organización Civil Internacional (OACI).
El Listín Diario reseña que Camilo señaló, sin embargo, que el organismo está estudiando una resolución emitida por las autoridades mexicana, donde se multan a cinco líneas aéreas norteamericanas que al igual que en el país, aplicaron limitaciones en el traslado de las primeras maletas a los viajeros.
Aclaró que las aerolíneas se sustentaron para tomar esa decisión, que según dijo no es nueva, sino que se viene aplicando desde el pasado año 2016, en una normas internacionales de política de la aviación comercial internacional.
“Ya nosotros en esta parte tenemos que buscar el manual sobre la reglamentación de transporte aéreo internacional sobre la política de libre mercado”, sostuvo el funcionario.
Agregó que habría que preguntarse por qué las líneas aéreas no incluyen ese aumento en los boletos aéreos que venden al viajero que siempre sobrepasa los 300 dólares, al indicar que hay que reconocer sin embargo, que esas decisiones son políticas de esas empresas privadas.
Aclaró que como la decisión de las líneas aéreas de restringir el traslado de una segunda maleta gratis a los pasajeros y solo permitir una sola pequeña por cada viajero es un asunto de libre mercado de esa empresa de las cuales la Junta de Aviación Civil, no tiene facultada para intervenir.
“Ahora bien, en los casos del fiel cumplimiento de los derechos adquiridos y establecidos en los boletos aéreos que tienen los pasajeros, nosotros estamos siendo sumamente celosos y estrictos ante las aerolíneas”, expresó el funcionario.
Añadió que en el caso comercial existen estándares internacionales que hay que respectar porque son acuerdos bilaterales establecidos por el país, con los organismos internacionales responsables de la regulación de la aviación civil internacional.