Aeropuerto Bávaro y Grupo Abrisa sufren cuarto revés en la justicia dominicana
SANTO DOMINGO. – La Suprema Corte de Justicia validó la decisión del Tribunal Superior Administrativo que anula la aprobación del proyecto para el Aeropuerto Internacional de Bávaro emitida por el Ministerio de Obras Públicas en el año 2020.
El Grupo Abrisa y su proyecto, el Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB), sufrieron un nuevo revés en los tribunales dominicanos con el rechazo de la Suprema Corte de Justicia, a su recurso de casación interpuesto contra la resolución del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que considera contrario a las normas del país la aprobación otorgada para la construcción de la terminal aérea.
La Tercera Sala de la Suprema Corte tomó la decisión en la sentencia número SCJ-TS-23-0507, del 28 de abril de 2023, con la firma de los jueces Manuel Alexis Read Ortiz, Manuel R. Herrera Carbuccia y Anselmo Alejandro Bello.
Con el recurso de casación, Abrisa intentó anular la decisión del TAS que revocó la resolución del Ministerio de Obras Públicas 007/2020, que ordenó la construcción del Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB).
Al estudiar la sentencia impugnada el alto tribunal puso de manifiesto que “el tribunal (es decir el TSA) no incurrió en los agravios denunciados en el recurso de casación examinado, por lo que esta Tercera Sala de la Suprema de la Suprema Corte de Justicia, actuando como corte de casación rechaza el presente recurso de casación”.
Los antecedentes del litigio están en la resolución del 23 de enero del 2020 de la Comisión Aeroportuaria, que dio conformidad y su no objeción para el desarrollo, construcción, operación y exploración económica del proyectado aeropuerto, con una inversión total y bajo responsabilidad del Grupo Abrisa y la empresa Aeropuerto Internacional de Bávaro.
La Corporación Aeroportuaria del Este (CAE) propietaria del Aeropuerto Internacional Punta Cana, interpuso el recurso de consideración de esa decisión el 5 de marzo del 2020, y el Tribunal Superior Administrativo anuló esta decisión de la Comisión Aeroportuaria.
El magistrado Rafael Vásquez se inhibió de firmar la decisión por haber participado en otra etapa del proceso, y el juez Moisés A. Ferrer Ladrón emitió un voto disidente en el que expone su consideración sobre la decisión.