MIMARENA revoca permiso para torre en Juan Dolio; ordenan demoler pisos ya construido
El ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA), revocó el permiso ambiental emitido en marzo del 2017 para la construcción y operación del proyecto “Le Parc Beach Front” en Juan Dolio, municipio de Guayacanes, San Pedro de Macorís, por violar las normas establecidas para edificaciones en esa zona turística.
La torre en construcción está ubicada en el Boulevar #46, y sus promotores se proponían construir 21 pisos con 121 apartamentos de un dormitorio cada uno. La revocación del permiso se debe a las numerosas violaciones a las regulaciones vigentes sobre el uso del espacio público en las áreas de playa y la construcción de edificaciones en Juan Dolio.
La resolución indica que la verja perimetral frente al proyecto se encuentra a 27 metros pleamar, además de la construcción en el área de los 60 metros se autorizó una estructura ligera y se construía una en hormigón, que rompe la armonía del paisaje y aumenta el impacto ambiental.
Entre las conclusiones de los técnicos actuantes en la inspección, se establece que la estructura construida transgrede el sentido racional del uso del espacio e impide el acceso al mar por ocupar los extremos laterales al este y al oeste.
Medio Ambiente otorgó a los representantes del proyecto, Román Pedro Rollón García y la empresa Dives Inversionaes Inmobiliaria, SRL, un plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha de notificación de la resolución, para que procedan a demoler la parte de la construcción ya realizada, por haber violado el Permiso Ambiental #3167-17 , sus disposiciones, y lo dispuesto por el Decreto Presidencial #332-17 de fecha 12 de septiembre del año 2017, sobre la autorización del uso de una parte del aérea de los 60 metros de dominio.
Antecedentes
Anteriormente, el Tribunal Superior Administrativo (TSA) conoció la solicitud de medida cautelar para detener la construcción de Le Parc Beach Front, donde según un informe y documentos emitidos por el Ministerio de Turismo (MITUR) y el Ministerio de Medio Ambiente se confirmaba la violación de las normas establecidas.
La instancia sometida al TSA incluyó el desconocimiento de la densidad habitacional permitida, los límites al área que puede ser construida en una propiedad, irrespeto a las normas de linderos y uso del espacio marítimo público a las regulaciones establecidas. Además, las coordenadas de la propiedad incluidas en el permiso ambiental original corresponden a un polígono del municipio de Consuelo y no a las dos parcelas donde se ubica la torre, en el municipio de Guayacanes.
Las reglas de ordenamiento territorial de MITUR vigentes, permiten 400 habitaciones por hectárea (10 mil metros), y los dos solares involucrados sumados tienen 2,344 metros cuadrados, por lo que las 121 habitaciones exceden en un 29% las normas. La documentación de MITUR dice que la no objeción inicial para el proyecto de febrero del 2016 aprobó 94 habitaciones, pero en mayo del 2016 los promotores solicitaron un incremento de 21 habitaciones, y a pesar de que excedía la norma, le fue aprobada en agosto de ese año.
Si solo se considera el solar que está frente a la playa que tiene 1,725 metros, las habitaciones exceden en un 75% el límite establecido por MITUR. Señala el reclamo frente al TSA que los dos solares están separados por la vieja carretera de Juan Dolio, por lo cual no pueden ser considerados como propiedades contiguas y sumar las dos áreas al calcular la aplicación de las reglas de uso de suelo.
La instancia también refiere que el área a ser ocupada en la construcción no debe superar el 30% del tamaño del solar, y en este caso si se consideran las dos propiedades la construcción ocupará el 69.5% del espacio, lo que excede en un 131% la norma; y si solo se toma la parcela frente a la playa se utilizará para la torre se utiliza el 94.4% del área, y esto superar en 215% la regulación. Los planos de la torre indican que tampoco se respetan los linderos que establece la resolución municipal.
En cuanto a los 60 metros de la franja marítima reservada por la ley para uso público, el proyecto fue favorecido con un decreto del Presidente de la República que le autoriza a usar parte del espacio común, pero advierte que esta “condicionada a que el beneficiario haga un uso racional” de la franja marítima, y al “cumplimiento previo” de las normas y las medidas para preservar el medioambiente.