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Prohíben captura y comercialización de peces loros y doctores

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales prohibió mediante la resolución 023-2020 la captura y comercialización de peces loros y doctores, consideradas especies de vital importancia para la supervivencia y conservación de la biodiversidad marina.

Con la resolución, firmada por el ministro, Orlando Jorge Mera, un total de 12 especies de peces loros pertenecientes a la familia Scaridae, así como 4 especies de peces doctores de la familia Acanthuridae estarán en veda por espacio de un año la cual podría ser extendida con previa evaluación.

La medida de Medio Ambiente que tiene vigencia inmediata también impide el consumo, la importación y exportación de estos peces. Tanto los peces loros como los doctores o cirujanos contribuyen a la preservación de los ecosistemas marinos y al mantenimiento de los arrecifes de coral.

Los peces loros se encontraban desprotegidos desde junio de 2019 lo que daba paso a su captura indiscriminada.

“Es de interés nacional lograr la sostenibilidad de la pesca para garantizar a futuro el medio de vida y seguridad alimentaria de miles de dominicanos, así como preservar las especies y el funcionamiento de los ecosistemas costeros y marinos”, resalta la resolución.

Además de la prohibición, el Ministerio también anunció que apoyará todas las iniciativas encaminas a educar y hacer conciencia sobre la protección e importancia de estas especies.

En lo adelante el Viceministerio de Recursos Costeros y Marinos que dirige José Ramón Reyes, será el encargado de dar cumplimiento a esta medida junto al viceministro de Áreas Protegidas y Biodiversidad, Federico Franco.

Ambas dependencias contarán con el apoyo de instituciones como el Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA), la Armada Dominicana, el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (CODOPESCA) en las acciones que se desarrollarán en lo inmediato para preservar los peces loros y doctores.

La resolución del Ministerio se apoya en las leyes 64-00 sobre Medio Ambiente, la 333-15, Sectorial de Biodiversidad, el Convenio para la Protección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Mar Caribe.

También se basa en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) ratificados por la República Dominicana, cuyo objetivo 14 se centra en provocar un cambio sustancial en el estado de salud de los océanos y activar las acciones de conservación y uso sostenible de los océanos, mares y recursos marinos.

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