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Senado aprueba ley de turismo de salud y náutico en RD

El Senado de la República aprobó, en segunda lectura, el proyecto de ley que regula el turismo de salud, y en primera lectura, el proyecto de ley que regula el turismo náutico de recreo en el país.

La iniciativa del senador de Santiago, Daniel Enrique Rivera, tiene como objetivo promocionar y regular las actividades de turismo de salud en todo el territorio nacional, así como declarar prioridad nacional el turismo de salud.

La pieza contempla la creación del Consejo Consultivo de Turismo de Salud (Cotsa), que fungirá como órgano ejecutivo para la promoción y regulación de las actividades de turismo de salud en todo el territorio nacional.

El proyecto busca impulsar el turismo de salud en todo el territorio nacional, fomentando la instalación y adecuación de centros de salud para brindar servicios a turistas que ameriten de atenciones médicas especializadas, lo que redundaría en bienestar colectivo y el desarrollo económico y social colectivo.

En su considerando primero, la iniciativa establece que el turismo de salud es una modalidad turística caracterizada por el hecho de que las personas viajan de un país a otro, dentro del mismo territorio, con el especial propósito de buscar tratamiento o atenciones médicas o del tipo de bienestar.

Además, en su considerando décimo primero, sostiene que se hace necesario declarar el turismo de salud y bienestar como prioridad nacional y objetivo del Estado, para consolidarlo como un destino turístico multipropósito, incentivando e impulsando la habilitación de centros de salud y bienestar, públicos y privados.

El proyecto instituye que para tales modalidades de turismo serán creadas las bases y el atractivo para que turistas extranjeros y dominicanos residentes por años en el exterior, puedan escoger las instalaciones médicas y de bienestar en todas las provincias para diagnóstico, tratamiento, cura, recuperación y reposo de distintas condiciones de salud.

También se contempla la habilitación de los centros que podrán operar bajo esta modalidad, donde se establece que solo las clínicas que brinden servicios de salud de tercer nivel, o aquellas que sean construidas y habilitadas como tales, podrán ofrecer servicios de turismo de salud.

Además se establece que estos centros deberán mantener las condiciones examinadas y verificadas por las autoridades sanitarias y el Ministerio de Turismo.

La iniciativa también contempla la creación del Fondo Nacional de Desarrollo de Turismo en Salud (Fondetsa), que será administrado por el Ministerio de Turismo y cuyos recursos procederán de donaciones o contribuciones de particulares, siempre que estos no comprometan la institucionalidad ni los principios éticos y morales de la institución.

Turismo Náutico

La iniciativa es del senador Alexis Victoria, de la provincia María Trinidad Sánchez, y busca promover el turismo náutico a través de la reglamentación de la navegación en embarcaciones y artefactos náuticos que, con fin recreativo, particular, comercial y deportivo, se realiza en aguas de jurisdicción nacional.

Esta también incluye los aspectos relativos a la matriculación, construcción y reparación de las embarcaciones, así como el fomento e incentivos conexos a esta actividad.

Contempla mecanismos de monitoreo y auxilio, así como la creación de un registro de accidentes bajo la responsabilidad de la Armada de República Dominicana, que deberá identificar las causas de los hechos y proporcionar estadísticas sobre estos.

Además, establece límites de velocidad, equipos de salvamento obligatorios y regulaciones para las licencias de los operadores. También contempla inspecciones periódicas, la delimitación de las zonas de navegación y de las áreas destinadas a bañistas y buzos.

El proyecto establece que las embarcaciones deberán navegar dentro de puertos y fondeaderos recreativos a una velocidad máxima de cinco nudos en tránsito y tres durante las maniobras, siempre que las condiciones de viento y corriente lo permitan.

Asimismo, deberán utilizar los canales designados para la entrada y salida y mantenerse a 150 metros de las playas balizadas y a 200 metros del resto del litoral. Cuando las zonas de baño no estén balizadas, se considerará como tal una distancia de 50 metros desde el litoral.

Este miércoles, el proyecto fue liberado de lectura debido a que ya había sido conocido y aprobado por el Senado. Sin embargo, no concluyó su trámite en el Congreso en ese entonces y perimió.